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Reportajes

Bosch indemnizará con 228.000 € a la familia de un trabajador por la exposición indirecta al amianto

El fondo de compensación para las víctimas de amianto sigue atascado por falta de desarrollo reglamentario

(Imagen: E&J)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




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Bosch indemnizará con 228.000 € a la familia de un trabajador por la exposición indirecta al amianto

El fondo de compensación para las víctimas de amianto sigue atascado por falta de desarrollo reglamentario

(Imagen: E&J)



La exposición indirecta al amianto con resultado de muerte ya se indemniza en los tribunales.

En estos casos, los testimonios de los médicos y peritos son clave para lograr un veredicto judicial favorable. De hecho, un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de marzo de 2023 ha obligado a Robert Bosch España a abonar 228.317,48 euros, en concepto de daños y perjuicios, a la viuda y a los cinco hijos herederos de un trabajador que falleció en septiembre del 2017.



El fallo, tras el recurso de la empresa que intentó justificar que el trabajador no estuvo expuesto al amianto, ratifica las tesis del Juzgado de lo Social n.º 5 de Madrid en una sentencia de 29 de noviembre del 2021 de la magistrada Ángela Mostajo que consideró probado los hechos de la exposición al amianto de la víctima con una indemnización superior en 2.000 euros a la que ha decidido el TSJ de Madrid ahora.



Según explica Andrea Peiró, abogada que ha llevado este asunto desde la firma Opamianto, la víctima sus servicios profesionales para la mercantil FEMSA (Fábrica Española de Magnetos, S.A.), que fue adquirida por Robert Bosch España, desde 1966 hasta 1992.

Andrea Peiró. (Foto: Opamianto)



En el desarrollo de su actividad profesional, este trabajador estuvo directa e indirectamente expuesto al amianto de manera continua.  Esta exposición se produjo porque dicho insalubre material estaba presente en las baterías de los coches que en FEMSA y en Robert Bosch España se fabricaban, y que eran habitualmente manipuladas por el empleado.

La presencia de amianto como material del que estaban compuestas las baterías en cuyo proceso productivo participó el empleado, se pone de manifiesto tanto en las disposiciones normativas por las que se autoriza a FEMSA a la importación de juntas de amianto, como en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 8 de febrero de 2007 y por la que se condenó a Robert Bosch España, Fábrica de Aranjuez S.A., a indemnizar a la mujer y a los dos hijos de otro trabajador que falleció también como consecuencia de la manipulación de amianto.

La continua y constante exposición al amianto provocó que este trabajador sufriera un mesotelioma pleural diagnosticado en el año 2016 falleciendo tras un deterioro progresivo el 10 de septiembre de 2017.

En vida, el hombre presentó reclamación por su exposición al amianto a la que se sucedieron sus herederos, la viuda e hijos de la víctima, que presentaron demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid.

Andrea Peiró, como abogada que ha llevado el asunto indica que “este es un caso no exento de dificultad por las circunstancias concretas del litigio al haber habido una compleja sucesión empresarial. No había pruebas ni testigos que acreditasen su exposición directa. Aquí fue clave las pruebas que presentaron el médico y los peritos forenses que reconocieron dicha exposición al amianto, lo que le causó su fallecimiento”.

El propio médico declaró en el juicio que, aunque no se probara que trabajara directamente con el amianto, desde el momento en el que en una fábrica hay amianto es difícil que estos trabajadores no estén expuestos, como lo ha estado este trabajador en la fábrica de Bosch de García Noblejas en Madrid.

Lo que sí se constató que Robert Bosch estaba inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA). La inscripción en este registro es un requisito que deben cumplir aquellas empresas que vayan a realizar actividades u operaciones en las que sus trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o materiales que lo contengan.

Reclamaciones de sus herederos

Nuestra interlocutora señala que las esperanzas de vida de estos trabajadores son escasas desde que se reconoce que están afectados por amianto. “En este caso no llegó ni al año. Nosotros presentamos la demanda por daños y perjuicios en abril del 2020 y tenemos ya el fallo del TSJ, con lo cual no ha tenido mucho retraso”.

De forma paralela, queda pendiente otro fallo judicial, el de la pensión de viudedad y su reconocimiento como enfermedad profesional. “Ese asunto aún está pendiente de vista judicial que tendrá lugar el próximo 12 julio. Si se gana el asunto supondría una mejora importante de los emolumentos a percibir sobre el 50 % del total”, explica la jurista.

«La falta de esas pruebas directas hace que en algunos de los casos esas reclamaciones no se hagan»

Respecto al fallo del TSJ de Madrid esta letrada reconoce su importancia “porque los afectados por el amianto no sólo tienen que luchar contra los efectos de las enfermedades que dicho cancerígeno material provoca, sino contra las dificultades que supone su prueba en los tribunales. En este caso, no se exige una prueba directa de la exposición al amianto, eso puede ayudar a que las víctimas puedan reclamar mejor”, añade.

Para esta experta parece que los tribunales abren una vía para las reclamaciones y destaca la rotundidad de este fallo judicial en beneficio de la viuda y los cinco hijos del trabajador fallecido. “La falta de esas pruebas directas hace que en algunos de los casos esas reclamaciones no se hagan por parte de los perjudicados o sus familiares”.

Otra cuestión que nos señala es la dispersión judicial en cuanto a las sentencias de los tribunales. Peiró indica que “no hay muchos casos que lleguen al Supremo y tampoco los fallos que llegan dejan claro lo que debe hacerse. Son casos muy concretos, donde lo que se dice en un asunto no tiene por qué valer para otro”, expone.

Víctimas y familiares desprotegidas

En la actualidad, la situación de estos afectados por amianto sigue siendo de desprotección. Las empresas no reconocen que utilizan amianto y los asuntos se judicializan, lo que implica una primera instancia de año y medio y otra apelación de otro año en las batallas judiciales que las familias de los afectados emprenden.

Las vistas ahora por la exposición del amianto, como otros señalamientos judiciales se encuentran inmersos en la huelga de los LAJs que ya va por sus nueve semanas sin ningún acuerdo a la vista, lo que está retrasando los señalamientos. “Los juzgados de lo social están colapsados”, apunta nuestra interlocutora.

«Robert Bosch estaba inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto». (Foto: Archivo)

Por el momento, pese a que el pasado 19 de octubre se publicaba en el Boletín Oficial del Estado una ley aprobada en las Cortes sobre la regulación y creación de un fondo de compensación paras las víctimas, la falta de desarrollo reglamentario impide ponerse en marcha en estos momentos.

El reglamento necesario para poner en marcha el fondo para las víctimas del amianto sigue pendiente de desarrollo pasado un mes desde que se cumpliera el plazo de tres fijado en la ley para que estuviera listo y los afectados pudieran comenzar a reclamar sus compensaciones. En concreto, la norma, aprobada por unanimidad en el Senado, daba tres meses para dictar el reglamento necesario para poner en marcha el fondo, una fecha que se cumplió el pasado 19 de enero.

Desde el Ministerio de Inclusión -encargado de un desarrollo en el que también trabajan el Ministerio de Sanidad y el de Trabajo- explican que eran necesarias unas modificaciones normativas previas que se han aprobado recientemente por las Cortes y que se está trabajando en todos los desarrollos para poder asumir esta nueva competencia.

También destacan que el contacto con los afectados es permanente y que el reglamento está bastante avanzado. “Las compensaciones no van a poder empezar a llegar hasta que no se haga ese reglamento”, recuerda a EFE el secretario confederal de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental de CCOO, Mariano Sanz, que señala entre las dificultades la forma de definición y acreditación de todas las víctimas -no solo los trabajadores sino también los familiares que lavaban sus ropas- y el tema fiscal.

En el trámite parlamentario quedó pendiente que las compensaciones de este fondo no tuvieran retención fiscal, algo que sí ocurre en otras compensaciones como la de las víctimas de terrorismo. «Ese tema sigue atascado», critican desde CCOO, que tacha de injusticia que estas compensaciones sí tributen. Desde la Federación Estatal de Asociaciones de Víctimas del Amianto criticaron con dureza que este fondo no quedará exento de tributación.

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