El juicio por el fallecimiento de Maradona cumple su primera semana: la justicia argentina investiga si hubo homicidio con dolo
Dos abogados expertos en negligencias médicas analizan el desarrollo de este proceso a la semana de ponerse en marcha en la vía judicial

Maradona estuvo hospitalizado durante mucho tiempo hasta que se le dio el alta médica. (Imagen: CAM)
El juicio por el fallecimiento de Maradona cumple su primera semana: la justicia argentina investiga si hubo homicidio con dolo
Dos abogados expertos en negligencias médicas analizan el desarrollo de este proceso a la semana de ponerse en marcha en la vía judicial

Maradona estuvo hospitalizado durante mucho tiempo hasta que se le dio el alta médica. (Imagen: CAM)
Diego Armando Maradona falleció por un “edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada”. Aunque diferentes acusaciones señalan como posibles responsables al servicio médico que atendió al astro argentino tras ser operado de la cabeza por un hematoma subdural.
Leopoldo Luque (neurocirujano), Agustina Cosachov (psiquiatra), Ricardo Almirón (enfermero), Carlos Díaz (psicólogo), Mariano Perroni (jefe de los enfermeros), Pedro Pablo Di Spagna (médico clínico) y Nancy Edith Forlini (médica coordinadora de la prepaga) son acusados de “homicidio simple con dolo eventual” en el juicio que ha arrancado hace una semana en Buenos Aires. La única persona del servicio médico que estará ausente es Dahiana Madrid (enfermera), ya que pidió un juicio por jurados.
En el procedimiento judicial se buscará conocer si los acusados incumplieron sus deberes durante los últimos días de vida del futbolista argentino, trascurridos en una casa de la localidad de Tigre, en la provincia de Buenos Aires, donde debía recibir cuidados intensivos bajo una modalidad domiciliaria.
Según el último informe del Defensor del Paciente, hubo 38 casos de negligencias médicas al día en 2024 en España, lo que evidencia el colapso sanitario. Esto supone que en la actualidad tengamos, según dicho informe, 14.088 casos de mala praxis (2.017 más que en 2023) —798 fallecimientos por negligencias médicas—, y 848.340 pacientes en lista de espera (121 días de media).
Como dato que revela, España invierte un 9,2% del PIB en Sanidad, frente al 11% de la Unión Europea. Los errores de diagnóstico, la pérdida de oportunidad terapéutica y las intervenciones mal ejecutadas encabezan el listado de reclamaciones”, señala. Desde su punto de vista, el problema reside en un sistema saturado, con desigualdades territoriales y una inversión insuficiente.
La importancia de la prueba
Ignacio Montoro, un profesional acostumbrado a lidiar con este tipo de asuntos, es socio fundador de Summons Abogados y responsable de Litigación, además de profesor de Derecho Penal y penitenciario en la Universidad Rey Juan Carlos.
Sobre el caso Maradona, que lleva 7 días en los juzgados de Buenos Aires, indica que “se habla de que puede ser un homicidio con dolo eventual. El dolo eventual se refiere a una forma de dolo en la que el autor, sin querer directamente el resultado, prevé como probable dicho resultado, y, a pesar de ello, sigue actuando. Esto es lo que se conoce como conocimiento con representación del resultado, y aunque no haya voluntad, existe dolo y se imponen las mismas penas que el dolo directo. En Argentina se contempla una condena de entre 8 y 25 años de cárcel por este delito”.
El abogado señala que “se tratará de ver cómo ha influido esa posible omisión o acción en el resultado. Hay que recordar que Maradona tenía una pluripatología y serios problemas de salud que podrían haber influido en el resultado”.
“En el juicio lo que se debatirá es si esa acción u omisión dolosa generó su fallecimiento; por su parte la defensa de esos médicos querrá demostrar que fue la situación del propio Maradona la que ha desencadenado el exitus. Aquí van a ser clave los testigos y peritos que se presenten por ambas partes. Es un asunto complejo, pero se debe abordar si los acusados causaron el fallecimiento del astro argentino”, explica este experto penalista.
Para Ignacio Montoro “si el caso fuera en España, descarto el enjuiciamiento por homicidio doloso e iría por homicidio imprudente, aunque creo que sería muy complicado de condenar a los médicos incluso por negligencia. Si fuera por imprudencia, al ser la pena prevista de prisión no superior a cinco años, sería un juzgado de lo Penal el encargado del enjuiciamiento”.

Ignacio Montoro advierte que será un juicio largo: 7 imputados, muchos testigos y peritos. (Imagen: cesión propia)
“En la actualidad, con las dilaciones de un caso por homicidio imprudente entre que presentas la denuncia y tienes sentencia, pueden pasar cuatro años como mínimo. El grado de imprudencia determina si es un asunto Penal o Civil en nuestro país. Es el juez quien lo califica, una vez presentada la querella o denuncia por la parte afectada. Solo las negligencias médicas más graves (groseras o de difícil explicación) son las que son delictivas”.
Montoro señala que en España “los homicidios imprudentes tienen una pena de prisión de hasta cuatro años y 6 años de inhabilitación profesional para ejercer la medicina. Lo que más teme el médico no es la prisión, porque no suelen ser condenas de más de dos años, ya que suelen ser delincuentes primarios sin antecedentes; se paga a los perjudicados y no entran en prisión. La inhabilitación especial es lo peor porque les impide ejercer y realizar cualquier acto médico y, además, su reputación queda muy dañada. Ahora incluso algunos seguros de responsabilidad civil abonan una indemnización mensual si al médico le inhabilitan para que pueda subsistir durante ese tiempo”.
Este experto recuerda que un caso mediático que cambió la visión de las negligencias fue el de Madrid Arena, donde varias jóvenes murieron aplastadas por la gente que había. La sentencia del Tribunal Supremo de 2017 cambia los requisitos de imputabilidad penal. El TS casó la sentencia y condenó a uno de los médicos porque su imprudencia incrementó el riesgo de fallecimiento. “Hay un antes y un después en el plano penal-sanitario con esta sentencia del Supremo en el caso Madrid Arena, y lleva años siendo aplicada también por la jurisprudencia menor”, comenta.
Este abogado ha llevado asuntos como defensor de las dos partes: “Llevo casi 15 años defendiendo al colectivo sanitario y desde hace más de 7 a las víctimas de estas negligencias. Los procesos son muy largos en el ámbito Penal. En el ámbito público hay que ir a la vía Contenciosa, aunque ahora se utiliza mucho la acción directa en vía Civil contra sus aseguradoras, siguiendo el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro”.
“Con una acción directa Civil en primera instancia puedes obtener sentencia en año y medio; la fase extrajudicial en estos temas es residual, habrá que ver con la reforma de la Ley Orgánica 1/2025 si aumentan los acuerdos amistosos. Cuando se judicializa el asunto las aseguradoras empiezan a sentarse a negociar, pero se sigue litigando mucho en nuestro país”.
A su juicio, es clave que la víctima de una negligencia tenga un buen abogado que conozca bien la materia en cuestión y el funcionamiento de cada sistema hospitalario, que en las comunidades autónomas son distintos. “Los abogados de médicos, hospitales y aseguradoras son muy buenos. Las víctimas pierden muchos casos porque no tienen ni el abogado, ni el perito adecuado. Las condenas grandes suelen acaban en el Supremo”, señala el experto.
Ignacio Montoro es uno de los abogados en el caso Sara Gómez, la mujer de Cartagena que falleció de una intervención plástica tras una liposucción: “Somos los abogados de la clínica. En septiembre de 2024, Sanidad hizo una reforma administrativa con la Orden SND/1002/2024, también conocida como la ‘Ley Sara’, aunque por mucho que se haya anunciado como un profundo cambio, los médicos no cirujanos plásticos podrán seguir realizando cirugías plásticas siempre que en el programa oficial de su especialidad tengan competencias quirúrgicas específicas. en resumen, en mi opinión, la situación no cambiado”.

El caso ‘Madrid Arena’ cambió todo en las negligencias médicas. (Imagen: Poder Judicial)
Ahora se falsifican los historiales
Francisco Damián Vázquez es un abogado experto en Derecho Sanitario que lleva más de 30 años luchando por las víctimas de negligencias médicas en los tribunales. Forma parte y es colaborador del equipo jurídico de la Asociación El Defensor del Paciente, y también es socio director de Vázquez Abogados, bufete especializado en Derecho Sanitario. Además, es miembro de la Junta Directiva de la Asociación Nacional de Abogados de Victimas y de Responsabilidad Civil (ANAVA-RC) y de la Asociación Española de Derecho de Consumo (AEDC); autor de artículos y ponente habitual sobre responsabilidad médica.
Respecto al caso de la muerte del futbolista Maradona, por presunta mala praxis médica, señala que “la acusación ha solicitado condena para todo el equipo médico que lo atendía. Han creado un consorcio médico a nivel pericial, que apunta a varios motivos de mala praxis, algo que aquí en España habitualmente lo realiza un perito médico forense adscrito al Instituto de Medicina Legal y Forense del Juzgado. Ese profesional actúa cuando existe una denuncia penal, encargándose de realizar un informe sobre la praxis médica, sin perjuicio del derecho de los reclamantes de aportar su propio informe pericial de parte, que apoye dicha acusación, habitualmente un médico especialista en el caso que se enjuicie”, comenta Vázquez.
En esos informes realizados en Argentina, ese grupo de peritos indican que podría haber responsabilidad de los médicos por varias cuestiones: falta de seguimiento y de tratamiento adecuado; no haberlo dejado ingresado en centro hospitalario; exceso de confianza; o falta de medios. Maradona era un paciente con muchos problemas de salud y patologías, unido a sus antecedentes de adicciones.

Damián Vázquez señala que también se habla de la falsificación de documentos. (Imagen: cesión propia)
Lo que se está dilucidando en el juicio es si “esos 7 médicos privados no le atendieron como se merecía, y ahí puede surgir la negligencia médica y su responsabilidad, y si ello ha derivado en su fallecimiento o no. También se ha acusado a la empresa privada que el exfutbolista contrató para su seguimiento médico. Incluso hemos visto que también están imputados un neurocirujano junto a una psiquiatra, que también aparecen acusados en el juicio por la justicia argentina, ya que podrían ser unos especialistas no adecuados para el tratamiento de su enfermedad, algo que habitualmente no sucede en España, ya que siempre debe atenderse por el especialista más adecuado que necesite el paciente”, destaca este experto en Derecho Sanitario.
El letrado señala que en el juicio también se va a analizar “la posible manipulación de los historiales médicos del propio Maradona o crear informes falsos para intentar salvar su responsabilidad”. “Si eso fuera así, y se acredita en las pruebas aportadas a las vistas, nos encontraríamos con la existencia de otros delitos, que se unirían a la negligencia médica”.
A este respecto explica que, “si el caso se hubiera enjuiciado en España por una mala praxis podrían condenarte menos que por una falsificación de un historial médico o documentación clínica. A este equipo médico se le acusaría de un delito de homicidio por imprudencia medica profesional, artículo 142 del Código Penal, con pena de inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica de 3 a 6 años y prisión de 1 a 4 años”.
Este abogado recuerda que ha tenido casos penales por el delito de omisión del deber de socorro: “El caso de un señor que se encontraba a 100 metros del centro de salud y el médico, pese a las reiteradas llamadas del servicio de emergencias y sus familiares, no salió a atenderle y murió de un ataque al corazón”. En ese caso Vázquez ejerció “la acusación particular en nombre de la familia y se llegó a un acuerdo de conformidad con una condena por esa omisión del delito de omisión de deber de socorro con inhabilitación para el ejercicio como médico”.
“En el caso de Maradona, si se hubiera enjuiciado en España, se podría aplicar dicho delito del artículo 195 del Código Penal, con multa de 3 a 12 meses e inhabilitación profesional de seis meses a tres años”, recuerda. Además, “podría unirse la existencia de un posible delito de falsificación de documento público por manipular o crear historiales médicos falsos. Esa práctica indebida, en perjuicio del paciente, es algo que venimos detectando desde la propia Asociación del Defensor del Paciente como parece que ha sucedido en esta ocasión. Ello se castigaría en España en base al artículo 390 del Código Penal, con la pena de 3 a 6 años de cárcel, y multa hasta 24 meses e inhabilitación de 2 a 6 años”.
Sobre las claves del juicio de Maradona, el abogado Damián Vázquez destaca que “está claro que será un juicio largo, al menos dos meses. En España por el tipo de delito y penas sería enjuiciado en la Audiencia Provincial del partido judicial del domicilio del exjugador, donde sucedieron los hechos y su muerte, con muchos investigados, peritos y testigos en varias sesiones previstas”.
Este abogado señala que “los peritos de ambas partes serán claves para el desenlace de la vista, ya que los jueces deben auxiliarse de los mismos para dictar sentencia y establecer la posible responsabilidad. Al mismo tiempo el juicio paralelo de los medios de comunicación será enorme, ya que Maradona es como un ‘dios’ para los argentinos, y ya debaten sobre el posible homicidio que mató a este futbolista, uno de los mejores de los últimos tiempos. Apunta a que la asistencia médica no fue todo lo buena que necesitaba el paciente y que ello pudo llevarlo a su muerte, pero eso tendrá que demostrarse en el juicio”.
